Los cupos de la convocatoria

La convocatoria de 2027 fija dos cupos del 10 %, de 968 plazas cada uno. El segundo no es una reserva garantizada, sino un tope máximo, y esa diferencia lo cambia todo.

Última actualización: 13 de agosto de 2026

Convocatoria publicada. La Orden SND/854/2026, de 4 de agosto (BOE de 10 de agosto de 2026) aprueba la oferta y convoca las pruebas selectivas de Formación Sanitaria Especializada para 2027: 9.676 plazas de Medicina, ejercicio el sábado 23 de enero de 2027 a las 14:00 (13:00 en Canarias) y plazo de solicitudes del 1 al 14 de septiembre de 2026. El desglose por especialidad y unidad docente figura en el anexo I de la orden. Verifica siempre el BOE antes de tramitar nada.

Datos clave

Plazas de Medicina9.676
Reserva por discapacidad968, un 10 %
Cupo sin autorización de residencia968
Porcentaje de cada cupo10 % de la oferta de Medicina
Cupo extracomunitario anterior4 %, elevado al 10 % en julio de 2022
Elección de cupoEn la solicitud

Las 9.676 plazas de Medicina de la convocatoria de 2027 no forman un bloque único. Se distribuyen por titularidad y se reservan cupos con listas de adjudicación propias.

Cómo se reparten

ConceptoPlazasPorcentaje
Total de Medicina9.676100 %
Reserva para personas con discapacidad96810 %
Cupo sin autorización de residencia en España96810 %

Las dos últimas filas no se suman al total: son cupos dentro de las 9.676, no plazas adicionales. Y el mismo criterio del 10 % se aplica a cada una de las siete titulaciones de la Formación Sanitaria Especializada, sobre su propia oferta.

La reserva por discapacidad

Corresponde al 10 % de la oferta, en línea con las ediciones anteriores. Quien concurre por este cupo lo indica en la solicitud y participa en una lista de adjudicación independiente: el examen es el mismo y la puntuación se calcula igual, pero cambia el conjunto de plazas y el orden en que se eligen.

Se acredita mediante el certificado de discapacidad expedido por el órgano competente, en el grado y con la vigencia que exija la convocatoria. La orden lo formula como una posibilidad: 968 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad.

Por qué el 10 % y no el 7 %

En el empleo público general rige un cupo del 7 %, el del Real Decreto 2271/2004. Es la cifra que mucha gente da por buena y que aparece repetida en páginas que aplican al MIR reglas que no le corresponden.

La Formación Sanitaria Especializada tiene régimen propio. Su cupo de discapacidad es del 10 % de la oferta de cada titulación, no del 7 %. Sobre las 9.676 plazas de Medicina de 2027, la diferencia entre una y otra lectura son casi trescientas plazas: 968 frente a 677. Si lees en algún sitio que el MIR reserva un 7 %, la fuente está aplicando la norma equivocada.
Las adaptaciones del ejercicio se piden en la solicitud, no después. Las convocatorias prevén adaptaciones de tiempo y de medios cuando resulten necesarias, y hay que solicitarlas al presentar la solicitud, especificando cuál se necesita y aportando el informe que la justifique. Pedirlas con el plazo cerrado deja al tribunal sin margen para organizarlas.
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El cupo sin autorización de residencia

La convocatoria de 2027 contempla 968 plazas, el 10 % del total, para aspirantes sin autorización de residencia en España. El porcentaje anterior era del 4 % y se elevó al 10 % por el real decreto aprobado en Consejo de Ministros el 20 de julio de 2022. Aplicado a la oferta de 2027, ese cambio vale unas 580 plazas: con el 4 % antiguo el cupo habría sido de unas 387.

Quien concurra por esta vía debe prestar especial atención a los plazos y a la documentación exigida, porque suelen depender de trámites externos cuya duración no controla el aspirante. La mecánica figura en el dispongo segundo, apartado 1.c), de la Orden SND/854/2026.

Tope máximo, no reserva garantizada

Es el punto que casi nadie explica bien, y confundirlo lleva a expectativas equivocadas en las dos direcciones.

No es una lista separada ni una reserva garantizada. Estos aspirantes hacen el mismo examen, entran en la misma relación única ordenada por puntuación y eligen en el mismo acto por su número de orden. El cupo actúa como tope máximo de plazas que el colectivo puede llegar a ocupar: alcanzado el tope, quienes queden por debajo no pueden adjudicarse plaza aunque su número de orden lo permitiera.

Las dos lecturas erróneas más frecuentes se caen solas con esa mecánica. No es cierto que estas 968 plazas estén «apartadas» y vayan a cubrirse en todo caso: si el colectivo no llega a esa cifra, las plazas no adjudicadas siguen su curso normal en la lista general. Y tampoco es cierto que el cupo dé preferencia alguna: nadie adelanta a nadie, porque el orden lo fija exclusivamente la puntuación.

A cuántos aspirantes afecta

El Ministerio no publica un recuento de aspirantes por situación administrativa. La referencia disponible es una compilación privada —de José María Ladrero, difundida por ConSalud— sobre el MIR 2025, que no es un dato oficial y así hay que citarla.

Según ella, 4.111 aspirantes extranjeros se presentaron al MIR 2025, un 29,98 % de los presentados, de 87 nacionalidades. De ellos, 1.679 carecían de autorización de residencia, que es el colectivo al que el tope alcanza. Las nacionalidades más numerosas fueron Colombia (1.185), Ecuador (483), Perú (318), Venezuela (304), Italia (280) y Bolivia (248).

El cruce es el que da sentido a la cifra del cupo: 968 plazas frente a 1.679 aspirantes afectados en la convocatoria anterior, en torno al 58 %. El tope, con esos órdenes de magnitud, no es teórico.

La titularidad de la plaza

La oferta incluye plazas en centros de titularidad pública y privada. La formación es la misma en cuanto a programa y título de especialista, pero el marco del centro difiere, y conviene informarse antes de incluirlas en la lista de preferencias.

No publicamos aquí el reparto exacto entre unas y otras: las cifras que han circulado no suman las 9.676 plazas oficiales, y una descuadrada por poco que sea sigue estando mal. El desglose vinculante es el del anexo I de la orden, por especialidad y unidad docente. Ver la elección de plaza.

La decisión de cupo

El cupo se elige al presentar la solicitud y condiciona toda la adjudicación posterior. No es una casilla menor: determina en qué lista compites y sobre qué conjunto de plazas.

Si cumples los requisitos para concurrir por reserva, valóralo con calma antes de tramitar, y no en los últimos minutos del plazo. Ver los requisitos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas se reservan por discapacidad en el MIR 2027?

968 plazas, el 10 % de las 9.676 ofertadas en Medicina. Es una reserva dentro del total, no una oferta adicional.

¿Cuándo se piden las adaptaciones del examen MIR?

Al presentar la solicitud, especificando la adaptación necesaria y aportando el informe que la justifique. No se pueden solicitar una vez cerrado el plazo.

¿El cupo de discapacidad del MIR es del 7 % o del 10 %?

Del 10 % de la oferta de cada titulación. El 7 % del Real Decreto 2271/2004 rige en el empleo público general, pero la Formación Sanitaria Especializada tiene régimen propio. En Medicina 2027 son 968 plazas, no 677.

¿El cupo para personas sin autorización de residencia reserva plazas?

No. Funciona como tope máximo, no como reserva garantizada. Estos aspirantes hacen el mismo examen y entran en la misma relación única ordenada por puntuación; alcanzado el tope de 968 plazas, quienes queden por debajo no pueden adjudicarse plaza aunque su número de orden lo permitiera.

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Fuentes oficiales

Referencias verificables en el Boletín Oficial del Estado y en el portal del Ministerio de Sanidad.

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Este contenido es exclusivamente procedimental: describe el proceso selectivo, sus plazos y su forma de puntuación. No contiene información clínica, diagnóstica ni terapéutica, ni orientación sobre el ejercicio de la Medicina.

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